Nuevo Reglamento que á propuesta de la Real Junta Superior Gubernativa de Medicina y Cirugía manda observar S.M. para la inspección, gobierno, uso y demás artículos convenientes y necesarios por el directoré inspector general, los directores particulares, los enfermos, dueños, administradores, mayordomos, ó arrendatarios de los establecimientos, bañeros y demás sirvientes de todas las aguas y baños minerales de España